El sitio de internet del semanario Proceso publicó el pasado viernes 31 de enero un artículo en su sitio de internet con falsedades sobre el caso de la denuncia de Irene Muñoz contra Renegado Legítimo, y en el cual, inclusive, sugiere falsedades contra blogdeizquierda.com.
Puesto que se nos menciona en el artículo, voy a responder y señalar las falsedades que publicó Proceso.
Dijo Proceso:
Con el título “#LadyContratos: la amiga de Mancera y los gastos publicitarios del GDF (1ª parte)”, el bloguero acusó a Muñoz Trujillo de “orientar” presupuesto del área que dirige hacia medios informativos “afines” al gobierno capitalino, en forma de contratos de publicidad, en medio de conflictos de interés y poca transparencia.
No existe evidencia de que Irene Muñoz haya orientado el contratos de publicidad a medios afines al gobierno de Mancera. De hecho, los contratos de publicidad del GDF con dos sitios de Raymundo Riva Palacio existían desde antes de que siquiera existiera el cargo que ahora tiene Muñoz.
Segunda falsedad:
La investigación derivó del seguimiento de una denuncia que el bloguero realizó meses atrás, a propósito de la existencia de un contrato por 200 mil pesos que el gobierno capitalino cedió al portal de internet “Blog de izquierda”.
El contrato de publicidad que tuvo blogdeizquierda.com no se firmó con la oficina de comunicación social del DF, sino con el Fondo Mixto de Promoción Turística. Los trámites para el contrato se realizaron desde noviembre de 2012 cuando estaba en funciones la administración de Marcelo Ebrard. Irene Muñoz nisiquiera tenía cargo en el GDF en ese entonces y Miguel Ángel Mancera no era Jefe de Gobierno.
Cabe señalar que el portal Sin Embargo, de Lydia Cacho, tuvo la misma publicidad del Fondo Mixto que tuvo blogdeizquierda.com.
Con un lenguaje sarcástico e irónico, el bloguero, quien se identifica en el portal como “Francisco Javier”
Su nombre completo es Francisco Javier Velázquez Straffon. Tal vez si Proceso hiciera un poco de investigación periodística lo hubiera sabido.
Otras imágenes la muestran junto con los periodistas Ciro Gómez Leyva y Raymundo Rivapalacio. Este último, según el autor del texto –quien presentó como prueba una supuesta invitación de la boda–, es esposo de la funcionaria y dueño de los portales “Estrictamente Digital” y “Eje Central”, dos de los beneficiados con presupuesto que supuestamente ella misma designó.
De nuevo: Es falso que Irene Muñoz haya designado contratos ya que no tiene ni cargo ni atribuciones legales para hacerlo. Eso mismo se le informó a Velázquez Straffon desde hace meses cuando pretendió alegar que Irene Muñoz había sido quien le dio un contrato a blogdeizquierda.com.
El bloguero va más allá al referirse a Irene Muñoz como “funcionaria patito”, porque ni siquiera a través de una solicitud de acceso a información pública, dice, pudo obtener su cédula profesional de los estudios que hizo en Ciencias de la Comunicación en la UNAM.
Irene Muñoz estudió en la UNAM y en la UDLA de Puebla. Por otro lado, su cargo no requiere de un título universitario. Lo que llama la atención es que Proceso vea a eso como algo noticioso cuando hace años el PAN pretendió atacar a Andrés Manuel López Obrador por darle un cargo como asesora a Rosario Ibarra de Piedra pese a que sólo tenía la primaria terminada.
Incluso da un breve repaso de “sus pininos” como funcionaria del Partido Acción Nacional en el DF y en la campaña de Carlos Castillo Peraza para jefe de Gobierno, y como “coordinadora general de gabinetes (sic)” en la administración del entonces mandatario capitalino, Marcelo Ebrard.
De nuevo llama la atención que Proceso vea a esto como algo noticioso si consideramos que Bernardo Bátiz también fue panista.
Cuatro días después de la publicación del “Renegado Legítimo”, la asociación internacional Artículo 19 denunció que Irene Muñoz Trujillo interpuso una denuncia penal en contra del bloguero, aunque sin definir el delito.
Falso. No se puede interponer una denuncia penal sin definir el delito. Si Proceso y Artícuño 19 se hubieran tomado la molestia de investigar, cualquier abogado penal se los hubiera dicho. Lo que no hizo Irene Muñoz fue mostrar la denuncia en su totalidad en público. Eso no quiere decir que no se esté denunciando un delito en específico. Quiere decir que sólo dio a conocer la existencia de la denuncia. El delito y demás detalles son sólo para conocimiento los involucrados y las autoridades.
Dedicada a la defensa de la libertad de expresión e información, la agrupación alertó que este hecho podría tomarse como abuso de la procuración de justicia para inhibir y “criminalizar” el ejercicio de la libertad de expresión.
Falso también. Para que eso fuera cierto primero Artículo 19 tendría que haber revisado el contenido de la denuncia, cosa que claramente no hizo.
Según el comunicado que emitió, el bloguero confirmó que ninguna autoridad ministerial le había informado sobre la denuncia penal en su contra, que calificó como un acto “intimidatorio” hacia su labor informativa.
Otra falsedad. Las autoridades ministeriales sólo dan aviso una vez que termina la fase de investigación y las autoridades determinan fecha para comparecencias. No existe, por lo tanto, un acto intimidatorio.
De entrada, destacó que “llama poderosamente la atención que la mencionada funcionaria denunció de forma genérica ‘por hechos constitutivos de delitos’ al bloguero, sin especificar la conducta que le causó agravio”.
Falso también. No es posible determinar que se hizo una denuncia genérica puesto que Artículo 19 no leyó el contenido completo de la denuncia. Misma razón por la cual tampoco puede decirse que no se especificó la conducta delictiva.
Entonces recordó que conforme a la reforma publicada el 19 de mayo de 2006 en el DF, los llamados delitos contra el honor –difamación y calumnia– fueron despenalizados.
Más falsedades. Esto supone que la denuncia es por difamación y calumnia. Lo que ni Artículo 19 y Proceso no consideraron, es la posiblidad de que existan 2 denuncias. Una por lo civil (que sería en caso de daño moral), y otra en el fuero penal por delitos que sólo leyendo la denuncia completa se podrían determinar.
Por eso, dijo que preocupa que la funcionaria pública “pretenda instrumentalizar y abusar de la procuración de justicia para inhibir el ejercicio de la libertad de expresión”.
Falso. No se puede determinar que se esté inhibiendo el ejercicio de la libertad de expresión puesto que, de nuevo, la aseveración se hace sin conocimiento de los documentos legales involucrados en el caso.
Y le advirtió la posible consecuencia: “esto sumaría otro mal precedente a la administración de Miguel Mancera, que constantemente ha criminalizado el ejercicio de la libertad de expresión”.
También falso. De ser eso cierto no habría una sola marcha en la Ciudad de México y hay marchas todo el tiempo.
Luego de conocer la denuncia y la demanda de Artículo 19, la agencia de noticias Apro solicitó al gobierno del DF la versión de Irene Muñoz Trujillo, pero hasta el cierre de esta edición no obtuvo respuesta.
Apro pudo haber hecho una labor de investigación más competente respecto al tema, pero en vez de hacerlo repitió falsedades sin verificar y sin siquiera consultar a un abogado penalista para tener una opinión legal calificada sobre el caso.
No haber investigado esto a quien demerita es a Proceso y a Artículo 19, ya que muestran poca seriedad informativa, lo cual les resta credibilidad.
Y por cierto: dos reporteros de Proceso tienen mi número de teléfono. Si hubieran querido, me pudieron haber contactado para cualquier pregunta o aclaración sobre el famoso contrato con blogdeizquierda.com, tema original con el que Velázquez Straffon inició una campaña de difamación contra mi, contra Ireñe Muñoz y contra el gobierno de Miguel Ángel Mancera.
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