jueves, 5 de septiembre de 2013

Precisiones sobre el Plan de Septiembre - la deuda odiosa

Utilice el termino "deuda injusta".  Pero en derecho internacional se le conoce como "deuda odiosa".  Si existe.  Si es posible que Mexico --una vez que se vaya al diablo el PRIANRD-- se niegue a pagar las deudas contraidas por esos desgraciados.  Para prueba, cito el wikazo correspondiente:
 
Deuda Odiosa
 
Deuda odiosa, deuda execrable o deuda ilegítima, en Derecho internacional, es la teoría jurídica, puesta en práctica numerosas veces a lo largo de la historia, que sostiene que la deuda externa de un gobierno contraída, creada y utilizada contra los intereses de los ciudadanos del país, no tiene por qué ser pagada y por tanto no es exigible su devolución ya que los prestatarios habrían actuado de mala fe, a sabiendas, y por tanto dichos contratos —bonos o contratos comerciales— son nulos legalmente. En todo caso, tales deudas podrían considerarse personales debiendo responder quienes las hayan contraído a título personal —sea el monarca, el presidente, el director del banco central nacional o los ministros correspondientes— y no el Estado en su conjunto y por tanto los ciudadanos. En algunos aspectos, el concepto es análogo a la nulidad de los contratos firmados bajo coacción.[2]
Esta doctrina está presente en la discusión sobre la obligación de pago de la deuda externa en aquellos países donde han existido dictaduras, monarquías absolutas, gobiernos no representativos e incluso gobiernos elegidos democráticamente que han contraído deudas a espaldas a sus ciudadanos, sin su consentimiento y con fines de enriquecimiento personal, enriquecimiento corporativo, para la represión social y política y, en todo caso, contra los intereses de los propios ciudadanos.[3] [4] [5]
Se ha esgrimido la deuda odiosa con frecuencia por los Estados Unidos para no hacerse cargo de las deudas contraídas por los países que pasaban a su órbita: desde lo que es calificado por algunos autores como independencia ficticia de Filipinas (1899-1901) y Cuba (1898-1902);[6] [7] hasta la administración de Irak por Estados Unidos durante la Guerra de 2003 que se negó a pagar las deudas contraídas con países como Francia. Hay que tener en cuenta que, en general, los apoyos externos a los procesos de independencia buscan ganar influencia política y económica -geoestratégica- y reducir o eliminar la influencia y poder de la metrópolis colonial.
 
Como pueden ver, hasta EEUU ha usado el concepto.  Y, por supuesto, en Mexico la utilizo Benito Juarez ante los cobros por los bonos de Jecker.  La fuente es: http://es.wikipedia.org/wiki/Deuda_odiosa

Mas fusil del wikazo:

Si un poder despótico incurre en una deuda no por las necesidades o los intereses del Estado sino para otorgar mayor fuerza a su régimen despótico, para reprimir a la población que se le enfrenta, etc., esta deuda es odiosa para la población de todo el Estado. Esta deuda no es una obligación para la nación; es una deuda del régimen, una deuda personal del poder que la ha tomado, por lo tanto ésta cae con la caída del poder que la tomó. La razón por la que no se puede considerar que estas deudas odiosas graven el territorio del Estado es que dichas deudas no cumplen con una de las condiciones que determinan la legalidad de las deudas del Estado, que dice: las deudas del Estado deben ser tomadas y los fondos deben ser empleados para satisfacer la necesidades y los intereses del Estado.[2] [9 


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