De acuerdo con Reforma, por tres votos contra dos, la Primera Sala de la SCJN determinó que el uso de expresiones referentes homofóbicas usadas entre periodistas de Puebla fue una conducta discriminatoria que provocó daño moral a quien las recibió.
Según la SCJN, las palabras coloquiales pare referirse a la homosexualidad no están protegidas por la libertad de expresión y pueden dar lugar a demandas por daño moral.
"Las expresiones homófobas, esto es, el discurso consistente en inferir que la homosexualidad no es una opción sexual válida, sino una condición de inferioridad, constituyen manifestaciones discriminatorias, ello a pesar de que se emitan en un sentido burlesco, ya que mediante las mismas se incita, promueve y justifica la intolerancia hacia la homosexualidad", determinó la corte.
Agregó además que usar expresiones como "puñal" y "maricón" es discurso de odio. Dijo:
"Por lo anterior, las manifestaciones homófobas son una categoría de discursos del odio, los cuales se identifican por provocar o fomentar el rechazo hacia un grupo social. Las expresiones empleadas en el caso concreto, consistentes en las palabras maricones y puñal, fueron ofensivas, pues si bien se trata de expresiones fuertemente arraigadas en el lenguaje de la sociedad mexicana, lo cierto es que las prácticas que realizan la mayoría de los integrantes de la sociedad no pueden convalidar violaciones a derechos fundamentales."
El fallo se da en respuesta a un litigio de 2010 por una demanda por daño moral del dueño del diario Síntesis, Armando Prida Huerta, contra el columnista Enrique Núñez Quiroz, del diario Intolerancia, por una columna de 2009 en la cual se refiere a Prida como "puñal" afirmaba que en su diario spolo escriben "maricones."
Un tribunal coleiado consideró que las expresiones no eran lo suficientemente insultantes o desproporcionadas como para considerar que la afectación al honor del demandante debía prevalecer sobre la libertad del demandado, especialmente dado el hecho de que se da en un contexto periodístico.
La decisión de la corte resulta incomprensible si se considera que la propia SCJN ya tiene una jurisprudencia, en el litigio entre La Jornada y Letras Libres, en la cual dijo que hay un amplio margen de libertad de expresión cuando existen confrontaciones entre medios de comunicación.
Esta es la primera vez que la SCJN viola la libertad de expresión en sus formas populares de esa manera.
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