De acuerdo con Reforma, la SCJN declaró inconstitucional el artículo 143 del Código Civil de Oaxaca que establece que el matrimonio es entre un hombre y una mujer "que se unen para perpetuar la especie y proporcionarse ayuda mutua en la vida".
La corte consideró que el concepto de "perpetuar la especie" es violatorio de la garantía constitucional de igualdad y de derechos a la autodererminación.
Consderó también que el matrimonio no debe ser entre un hombre y una mujer, sino entre dos personas.
Esto abre la posibilidad para que jueces federales puedan ordenar la realización de matrimonios del mismo sexo en todos los estados de la República donde no están permitidos.
Los recursos judiciales contra los matrimonioas gay en Oaxaca habían sido interpuestos por el propio gobernador Gabino Cué.
Luego de que a SCJN ordenara aceptar los matrimonios homosexuales en Oaxaca, el congreso local dio entrada a dos iniciativas para legalizar el matrimonio gay en el Estado, convirtiéndose en la segunda entidad federativa en hacerlo.
Inclusive el PAN no tuvo más remedio que decir que respetaba la decisión de la corte y que revisaría las iniciativas.
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