lunes, 10 de diciembre de 2012
Pos la ley es clara
El Código Penal para el DF dice, en su artículo 293, que: SE IMPONDRÁN DE DOS A OCHO AÑOS DE PRISIÓN Y DE CIEN A CUATROCIENTOS DÍAS MULTA, AL SERVIDOR PUBLICO QUE: X. FABRIQUE, ALTERE O SIMULE ELEMENTOS DE PRUEBA PARA INCRIMINAR O EXCULPAR A OTRO. Asi pues se le debe fincar responsabilidades a los que arrestaron falsamente a los muchachos del primero de diciembre (y también a los que dieron las ordenes).
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