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domingo, 4 de noviembre de 2012

La PGJDF debe reconsiderar la ley de extinción de dominio; Está mal planteada

Expertos y académicos han confirmado lo que dijimos en los comentarios rápidos de blogdeizquierda.com sobre el tema de la nueva ley de extinción de dominio, con la cual la Procuraduría General de Justicia del DF busca obligar a los dueños de inmuebles a verifiquen la identidad y solvencia económica de los inquilinos.

La medida, señalan expertos citados por Reforma, además de obligar a los dueños de inmuebles a realizar labores de ministerio público, sería violatoria del derecho a la privacidad de los inquilinos, ya que no especifica cómo debe el casero vigilarlos.

A esto la PGJDF respondió por medio del subprocurador de Averiguaciones Previas Centrales, Edmundo Garrido:

"Es muy simple, si alguien llega y dice: 'voy a pagar un año completo de renta en efectivo', pues como arrendatario dice: 'qué buen negocio', pero debe tener la precaución de verificar quién es y a qué se dedica esa persona que quiere rentar, porque si el lugar se involucra en una situación ilícita, ahora sí se corre el riesgo de perder el inmueble"

Pero esa respuesta no dice cómo va a verificar el dueño la identidad del arrendatario.

O bueno, sólo maneja un posible escenario; Que los dueños de los inmuebles por lo menos soliciten identificación oficial a la persona que va a rentar y, si es posible, talones de pago para verificar su ingreso. Y que además verifiquen si el inmueble está siendo habitado por una familia, si meten muebles o si existe (y estoy citando todo esto de Reforma tal cual) "movimiento extraño de personas por las noches."

Veamos punto por punto:

1. Identificación oficial. Muy bien. ¿Y si alguien presenta una identificación falsa? ¿Cómo va a verificar eso el dueño?

2. Talones de pago. ¿Y si el inquilino es trabajador independiente o freelance? ¿O si es estudiante y su familia le está pagando la renta? ¿O si apenas empezó a trabajar y aún no tiene su primer quincena? Se quedarían sin manera de poder rentar miles de capitalinos que no tienen nada que ver con el crimen organizado.

3. Verificar si el inmueble está siendo habitado. Esto implica que el casero tendría que ponerse de acuerdo con el inquilino para ir a verificar, ya que los horarios de trabajo o de actividades de los inquilinos pueden no coincidir con los del dueño. En términos de logística sería un problema para el casero.

4. Si meten muebles. ¿Y si el departamento es amueblado?

5. Si hay movimiento extraño por las noches. Se de por lo menos 3 casos distintos de 3 edificios de departamentos distintos en los cuales algún inquilino tiene pachangas en su casa en las noches. Son molestos para los demás departamentos, pero no es evidencia de que exista alguna actividad ilícita. Por otro lado ¿pretende la PGJDF que los caseros vayan estén patrullando de noche sus departamentos?

En todo caso, lo que la ley debería incluir es algún tipo de reglamento para que los caseros sepan qué hacer. Pero hasta el momento no lo contiene, lo cual genera, como dijimos, todo tipo de problemas.

O bien, ¿por qué no hacen una modificación a la ley condominal para que se establezcan los mecanismos a seguir?

De otra manera, realmente sí se le estaría pidiendo al dueño del inmueble que realice tareas de Ministerio Público que ni puede hacer, ni debería hacer, y además podría violar la privacidad de los inquilinos.

Ahora bien, si estoy entendiendo correctamente esto, lo que la PGJDF busca es que los departamentos y casas rentados donde se cometan ilícitos puedan caer dentro de la extinción de dominio para que puedan ser expropiados. Pero realmente me parece un exceso que por expropiar algunos departamentos o casas de algunos casos de ilícitos, se perjudique a todos los caseros e inquilinos.

La verdad, no creo que el costo-beneficio lo justifique.

La PGJDF, por lo tanto, debe buscar una alternavita menos agresiva para los que ni la deben ni la temen, y la ALDF debe asegurarse de que los derechos de los caseros y de los inquilinos no vayan a ser vulnerados por esta ley.

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