jueves, 2 de agosto de 2012

¿Maicearon al TEDF para rechazar la impugnación en Benito Juárez?

Por Victor Hernández

Sin escuchar argumentos y sin base en la ley, el presidente del Tribunal Electoral del DF, Adolfo Riva Palacio Neri, perfila rechazar la impugnación a la elección de Jefe Delegacional en Benito Juárez, mientras que otros dos magistrados de los 5 que votarían ese rechazo también se sumarían a esa decisión, comentaron blogdeizquierda.com fuentes cercanas al caso.

Según Riva Palacio Neri, dice esta versión, va a rechazar la impugnación porque "es su decisión" que la impugnación se presentó fuera de tiempo y forma.

Sin embargo, eso es falso. Vea usted por qué:

PRIMERO:

La ley electoral en el DF establece en el Artículo 369 que el jueves siguiente a la elección se procederá a hacer el cómputo final de los votos para Jefe Delegacional. Dice:

Artículo 369. Los Consejos Distritales celebrarán sesión el jueves siguiente al día de la jornada electoral, a efecto de expedir la Constancia de Mayoría a la fórmula de candidatos a Diputados quienes hubiesen obtenido el triunfo.

Los Consejos Distritales Cabecera de Delegación, una vez entregada la Constancia a que se refiere el párrafo anterior, procederán a realizar el cómputo total correspondiente a la elección del Jefe Delegacional.

Es decir, por ley, sólo se podía saber el resultado final del cómputo de la elección de Jefe de Gobierno el jueves 5 de julio.


SEGUNDO:

Las impugnaciones en el DF se rigen por la Ley Procesal Electoral para el Distrito Electoral, el cual dice textual en el Artículo 16:

Artículo 16. Los medios de impugnación previstos en esta Ley que guarden relación con los procesos electorales y los de participación ciudadana, deberán presentarse dentro de los cuatro días que el actor haya tenido conocimiento del acto o resolución impugnado, o se hubiese notificado de conformidad con lo dispuesto en esta Ley; en todos los demás casos, los medios de impugnación deberán interponerse dentro de los ocho días que el actor haya tenido conocimiento del acto o resolución impugnado, o se hubiese notificado de conformidad con lo dispuesto en esta Ley.

Los plazos se contarán a partir del día siguiente del que el actor haya tenido conocimiento del acto o resolución impugnado, o se hubiese notificado de conformidad con lo dispuesto en esta Ley, salvo las excepciones previstas en el presente ordenamiento.


Esto quiere decir que hay 4 días para impugnar empezando al día siguiente del proceso electoral impugnado. En este caso como se trata del cómputo para Jefe Delegacional, el primero de los 4 días para impugnar es viernes 6 de julio de 2012, puesto que por ley el cómputo se hizo el jueves 5, y la fecha límite para presentar la impugnación es el lunes 9 de julio de 2012.


TERCERO:

La coalición Movimiento Progresista, conformada por el PRD, PT y MC, acudió a presentar la impugnación al cómputo de Jefe Delegacional de Benito Juárez el lunes 9 de julio, como lo indica la ley. Esto fue dado a conocer por los medios. MVS, por ejemplo, difundió el hecho en una nota el lunes 9 de julio de 2012. Dice la nota:

"El representante del PRD ante el Instituto Electoral del DF (IEDF) Miguel Angel Vasquez confirmó que este lunes el partido impugnó los resultados de las elecciones para jefe delegacional en Cuajimalpa y Benito Juarez por el escaso margen con que fueron ganadas por el PRI y PAN respectivamente y pedirán el recuento de votos."


Por consiguiente, la elección en Benito Juárez fue impugnada en tiempo y forma.

Ahora bien, aquí el asunto es que el magistrado ponente del TEDF, es decir, el que redacta la decisión a votar en el Tribunal, y que también es el magistrado presidente, Adolfo Riva Palacio Neri, se niega a admitir la impugnación alegando que los cuatro días para impugnar inician a partir del lunes 2 de julio.

Nadamás que Riva Palacio Neri declaró TODO LO CONTRARIO a principios de julio.

Sí. De acuerdo con una nota de quadratimexico.com, publicada el 6 de julio de 2012, Adolfo Riva Palacio Neri declaró lo siguiente:

"Los partidos tienen cuatro días a partir de que hayan terminado formalmente los cómputos."

Los cómputos para la elección a JEFE DELEGACIONAL, por ley, terminaron el jueves 5 de julio. Riva Palacio Neri hizo su declaración al día siguiente de eso, con lo cual cae en una contradicción al alegar cualquier otra fecha para la impugnación.

Hay otra pieza de evidencia que demuestra que el TEDF sabía que el plazo límite para presentar la impugnación era el lunes 9 de julio.

El sitio de internet del TEDF tiene en sus archivos de "sala de prensa" un PDF con una nota del diario El Universal del 4 de julio de 2012, firmada por Phenélope Aldaz, la cual lleva como titular "Tienen 4 días para impugnar". Dice la nota:

"Una vez que estén listos los cómputos finales, los partidos políticos tendrán cuatro días para interponer sus impugnaciones."

El detalle es que el PDF en el sitio del TEDF contiene la misma nota nuevamente, pero la versión que se publicó en El Gráfico.

En esa versión se cambió el titular de la nota y quedó de esta manera:

"Próximo lunes, límite para que los partidos impugnen."

El PDF al cual me refiero se encuentra en esta dirección:

http://www.tedf.org.mx/sala_prensa/sintesis/sm2012/jul/120704/120704_tedf_tienen_4.pdf

Aquí una captura de pantalla del PDF en caso de que misteriosamente desaparezca el PDF del sitio del TEDF:



Hasta donde se sabe, el TEDF jamás solicitó a El Gráfico que se corrigiera la nota estableciendo una fecha límite distinta para la impugnación.

Es decir, al saber de la existencia de esa nota de El Gráfico, puesto que la archivó en su sección de sala de prensa, y no pedir una corrección, el TEDF estaría admitiendo la nota está diciendo lo correcto.

Con toda esa evidencia, resulta increible que ahora Adolfo Riva Palacio Neri diga que la impugnación no se presentó en tiempo y forma. Peor: que dos magistrados más estén de acuerdo con él.

Lo cual me lleva a preguntarme: ¿Por qué de repente Riva Palacio Neri está cambiando su postura del 6 de julio respecto al plazo para impugnar con tal de rechazar la impugnación en Benito Juárez?

Pregunto: ¿Maicearon al TEDF para rechazar la impugnación en Benito Juárez? Porque francamente, insisto, resulta increible que Riva Palacio Neri esté contradiciéndose a si mismo sobre lo que declaró el 6 de julio, pasando además por encima de la ley.

Vamos, yo que no soy abogado puedo entender perfectamente lo que dice la ley y puedo darme cuenta de que Riva Palacio Neri está pasando por encima de ella.

Queda entonces la última instancia para impugnar la elección de Benito Juárez: el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Si el TEPJF determina que el TEDF hizo mal al negarse a aceptar la impugnación, quedará demostrado que lo único que buscaba el TEDF era dilatar la impugnación de Benito Juárez. ¿Por qué?

Que responda Adolfo Riva Palacio Neri.

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