El procedimiento es el siguiente:
1. Las dos cámaras del Congreso de la Unión se constituyen en colegio electoral, el cual debe contar por lo menos con dos tercios de los legisladores de ambas cámaras.
2. El colegio electoral elige por mayoría absoluta de votos al presidente interino.
Puesto que la calificación de la elección ocurriría hasta el 6 de septiembre, sería la nueva legislatura, de mayoría priista, la que podría tener los votos para elegir al presidente interino.
Sin embargo, el presidente interino sólo estaría en funciones de 15 a 18 meses mientras se llama a nuevas elecciones.
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