viernes, 29 de junio de 2012

Lo que los mexicanos deben conocer sobre su constitución (pero que el PRIAN no quiere se sepa)


Que quede claro...esta es LA LEY en México: 


Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. 


Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. 


Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley. 


Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado. 


Artículo 9o. No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada, tiene derecho de deliberar. 


No se considerará ilegal, y no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto, a una autoridad, si no se profieren injurias contra ésta, ni se hiciere uso de violencias o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el sentido que se desee


Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.


Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de los Estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal. La renovación de los poderes Legislativo y Ejecutivo se realizará mediante elecciones libres, auténticas y periódicas…


Conclusiones:


El 39 tiene un punto clave. El gobierno existe SOLO para el beneficio del pueblo. Si NO beneficia al pueblo este último tiene todo el derecho de MANDARLO A LA CHINGADA.  


Lo que constituye "beneficio" NO se define.  Eso le corresponde al pueblo decidir que es lo que lo beneficia.  


No se especifica si se debe mandar a la chingada a TODO el gobierno o si puede ser tan solo una parte de este.  Esto también esta al criterio del "pueblo".  Es decir, si el IFE no nos beneficia...se le puede mandar a la chingada.  Si Hacienda no nos beneficia...se le puede mandar a la chingada.  Si un diputado no nos representa...se le puede mandar a la chingada. 


El pueblo puede o no “ejercer su soberanía” a través de sus representantes.   Pero, como es soberano, puede dispensar --en cualquier momento-- de estos “representantes” si estos no lo “benefician”.


Los representantes de que se sirve el pueblo para “ejercer su soberanía” solo pueden ser seleccionados a traves de elecciones “libres y autenticas”.  Si estos se seleccionan en elecciones que no son libres y autenticas entonces no son representantes y el pueblo no puede “ejercer su soberanía” a través de ellos.


Si el gobierno solo permite que los representantes del pueblo sean electos a través de elecciones que NO son “libres y autenticas” entonces es prerrogativa del pueblo decidir si ese gobierno es o no para su “beneficio”.


El fraude electoral es plena justificación, si así lo decide el pueblo, para mandar a la chingada al gobierno que lo permita.


Y es lógico que usted se pregunte:  ¿y que cosa es “el pueblo”?   Se supone que estas leyes son las que rigen al “pueblo” mexicano.  Entonces quien se adhiere a ellas y las cumplen es "el pueblo", no importa si es o no mayoría.  Si usted se compromete y dice “esta es mi  constitución, estas son mis leyes”, entonces usted es “el pueblo”.



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