Ayer por la mañana el titular de Hacienda, Luis Videgaray, mintió en un programa de radio para descalificar a la consulta popular sobre la energética, alegando que es "poco probable que la consulta cumpla con los requisitos constitucionales."
En cambio, la que no cumple con los preceptos constitucionales es la consulta que propuso el PRI para eliminar a la mitad de los legisladores federales plurinominales. Mire usted por qué:
Para empezar no hay una, sino dos peticiones de consulta popular; la de MORENA y la del PRD. Las dos tienen preguntas distintas sobre el mismo tema de la reforma energética y las dos apelan al artículo 35 Constitucional.
El artículo 35 Constitucional, que es el que permite la consulta popular, establece lo siguiente:
No podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma; la materia electoral; los ingresos y gastos del Estado; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolverá, previo a la convocatoria que realice el Congreso de la Unión, sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta.
Ahora veamos lo que dice la pregunta que está haciendo el PRD para solicitar la consulta:
¿Estás de acuerdo en que se mantenga el decreto de reformas a los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución en materia de petróleo y energía eléctrica publicado el 20 de diciembre de 2013?
La pregunta es sobre un cambio a la Constitución. No es sobre el gasto del gobierno ni sobre los ingresos del gobierno.
Sin embargo, hay una trampa en el artículo 27 que dice:
"Con el propósito de obtener ingresos para el Estado que contribuyan al desarrollo del largo plazo de la Nación, ésta llevará a cabo las actividades de exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos mediante a empresas productivas del Estado o a través de contratos con éstas o con particulares, en los términos de la Ley Reglamentaria."
Esa trampa pretende inmunizar a la reforma energética contra una consulta popular, pero hay un problema: de echar abajo la reforma energética, el Estado seguiría obteniendo ingresos al regresar a la estructura original de Pemex en la cual no se permite a privados participar en el sector energético. No hay, por lo tanto, afectación a los ingresos aunque el PRIAN haya querido hacer trampa.
(OJO: Esa trampa es redundante. La explotación de los hidrocarburos siempre ha sido para darle ingreso al Estado. Decirlo explícitamente no le da inmunidad a la reforma porque la explotación de los hidrocarburos siempre ha sido para ese propósito. La reforma sólo modifica quién puede participar, no de dónde vienen los ingresos; esos claramente vienen de los hidrocarburos, y la pregunta del PRD no dice que el Estado no podrá obtener ingresos de los hidrocarburos.)
Además, para que la pregunta del PRD afectara los ingresos o los gastos del Estado, forzosamente la pregunta tendría que ser sobre el presupuesto federal, no sobre una modificación constitucional, ya que el presupuesto lo establece le Cámara de Diputados, no la Constitución.
Para que la SCJN rechazara esa pregunta, los magistrados forzosamente tendrían que ser maiceados por el gobierno federal, ya que no hay manera de que la pregunta afecte a los ingresos o a los gastos del Estado.
Ahora veamos lo que dice la pregunta de MORENA para consulta popular:
¿Estás de acuerdo o no en que se otorguen contratos o concesiones a particulares, nacionales o extranjeros, para la explotación del petróleo, el gas, la refinación, la petroquímica y la industria eléctrica?
En este caso la pregunta no es sobre la permanencia de la reforma energética, sino sobre sólo uno de sus aspectos: el que se le otorguen contratos o concesiones a privados.
Antes que nada hay que señalar que el artículo 27 dice "no se otorgarán concesiones", así que parte de la pregunta de MORENA es redundante.
El otro problema que tiene la pregunta, y que sí podría darle motivo a la SCJN para echarla abajo, es que el sólo enfocarse en los contratos sí es meterse específicamente con los gastos del Estado.
Lo que MORENA está preguntando no es quién puede o quién no puede participar en el sector energético, sino a quién se le puede pagar o no. La pregunta que hace deja intacta la reforma energética y sólo se enfoca en a quién se le puede pagar o no para que opere en el sector energético.
Sin embargo, la pregunta tendría validez constitucional si los contratos que otorgue el Estado a privados no se establecen en el presupuesto que apruebe la Cámara de Diputados. Como dijimos, el único momento en el que se pueden afectar los gastos y los ingresos del Estado es cuando la Cámara de Diputados aprueba el presupuesto para el año siguiente. Nadie más puede determinar cómo se gasta o cómo obtiene dinero el Estado.
Así que tal y como están planteadas las preguntas, no hay razón para que la SCJN las rechace como tema de consulta, pero sí podría rechazar a la pregunta de MORENA alegando que MORENA se está metiendo de manera específica con la manera en la que el Estado otorga contratos. Aunque para que eso fuera el caso, la SCJN tendría que demostrar que los contratos son parte del presupuesto de egresos de la Federación aprobado por la Cámara de Diputados.
Ahora bien, ayer el PRI dio a conocer que quiere hacer una consulta para recortar a la mitad la cantidad de plurinominales en el Senado y en la Cámara de Diputados. Que porque son muchos y si son menos se facilitarían "acuerdos".
Pero hay un problema con su consulta que la hace completamente inconstitucional. El artículo 35 dice que no se podrá hacer consulta sobre "la materia electoral."
¿Qué creen? Las plurinominales son parte de la materia electoral, ya que se determinan en base al número de votos que recibe cada partido.
Por lo tanto, pretender reducir la cantidad de plurinominales equivale a meterse con los votos de los ciudadanos, y por lo tanto se mete con la materia electoral.
Así que no; las consultas energéticas que promueven el PRD y MORENA no son inconstitucionales. Pero la que pretende promover el PRI sí lo es.
Por lo cual reiteramos: Luis Videgaray es un mentiroso.
PD: Un último detalle: El PAN no puede decir que la consulta energética es inconstitucional, ya que si el problema es que determina a quién se le pueden dar contratos o no, entonces la consulta del PAN sobre el salario mínimo también es inconstitucional, ya que al cambiar el salario mínimo se altera el gasto del gobierno federal, ya que también paga salarios mínimos a sus empleados. Así que el PAN ni debería meterse en el asunto.
PD2: Hace dos días la SCJN dijo que no les corresponde a ellos determinar si está bien o está mal la reforma fiscal. Que es algo que se tiene que resolver en las urnas. Rechazar la consulta energética es precisamente determinar en las urnas un tema que a la SCJN no le corresponde resolver.
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